CUÁLES SON Y QUÉ SEGURO NECESITAN.

Vela
Catamarán (doble casco, a vela o motor)
Motor
Llaüt
Neumáticas
Semirrígidas
Yate (eslora >24 m.)
Motos de agua

Tipos de Embarcaciones de Recreo.

Qué es una embarcación de Recreo.

Resulta conveniente conocer cuál es el concepto de embarcación de recreo según la legislación vigente, a fin de diferenciarla del resto de embarcaciones y conocer la normativa que les es aplicable.

Según el artículo 2.1 del RD 1434/1999 de 10 de septiembre, se consideran embarcaciones de recreo aquellas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros.

Dicha definición es corroborada posteriormente por el Real Decreto 98/2016 de 11 de marzo, en su artículo 4.2.



Por otra parte, el Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.

Seguro de Responsabilidad Civil es obligado también por La ley correspondiente dentro del marco legal español, se estipula en el RD 607/1999 del 16 abril como requisito indispensable, adquirir uno, el cual cubra, fallecimiento, lesiones corporales y los daños materiales hechos a terceros durante un siniestro.

NOTA IMPORTANTE.

No Todos los seguros cubren la embarcación en Tierra, Navegando en Traslado o en varadero. EN MUCHAS SON OPCIONALES.

  • Obligatorio


    El único que es obligatorio en todas y por ley, es el de RESPONSABILIDAD CIVIL.
    Daños materiales a terceros.

    MAPFRE.
    Coberturas obligatorias
    Daños materiales a terceros. Cubre los daños materiales a terceros ocasionados por la embarcación o por los esquiadores que pueda arrastrar la misma, con un límite máximo por siniestro de 96.161,94 euros.
    Subsidio por privación del permiso de conducir Garantiza el pago de costas judiciales y extrajudiciales por la defensa del asegurado y la gestión de siniestros.
    Muerte y lesiones corporales Cubre la muerte y lesiones corporales ocasionadas a terceras personas, con un límite por víctima de 120.202,42 euros y un máximo por siniestro de 240.404,84 euros.
    Pérdidas económicas. Incluye las pérdidas económicas de terceros como consecuencia de daños materiales y personales.
    Daños a buques. Cubre daños a buques por colisión o sin contacto.

    REALE.
    Protección jurídica. Incluye la defensa de la responsabilidad penal, reclamación de daños corporales, reclamación de daños materiales e insolvencia de terceros.
    Remoción de restos. Dispuesta por la Autoridad Marítima competente hasta un límite del 10 por ciento de la suma asegurada.
    Asistencia para Embarcaciones Básica. Remolcaje de la embarcación asegurada en viaje por mar o desplazamiento (singladura), traslado o repatriación de fallecidos y transporte de los asegurados acompañantes.

    CATALANA OCCIDENTE
    Adaptado a ti
    Tienes la opción de poder elegir en todo momento lo que quieres asegurar según tu actividad marítima.
    Asistencia marítima
    Servicio de remolque con los gastos reembolsados.

    ALLIANZ
    En todas las modalidades está incluida cobertura de Asistencia Jurídica para asesorarte cuando lo necesites.
    También te ofrecemos asistencia financiera, nuestro equipo te ayudará con tu embarcación.
    Patricia cASTRO.
  • Coberturas Opcionales

    ALLIANZ
    Ámbitos geográficos 
    Allianz Embarcaciones te ofrece un extenso ámbito de navegación que permite una navegación sin sobresaltos por aguas interiores de UE, Suiza y Andorra, mar Mediterráneo y también, fuera de éste, hasta 200 millas del litoral español o portugués y del francés hasta la altura de Calais. Las travesías entre la península y las Islas Canarias también están cubiertas.
    Institute Yacht Clauses 
    Modalidad Plus cobertura de Todo Riesgo de acuerdo con las (Institute Yacht Clauses)
    Uso de la embarcación 
    Cualquiera que sea el uso al que la destinas: particular, alquiler con o sin tripulación, barco, escuela o salvamento.
    Valor asegurado
    Valor declarado de la embarcación sea el real.
    Con o sin franquicia
    Puedes contratar el seguro de tu embarcación de uso particular con o sin franquicia. Además, podrás elegir entre varias opciones de franquicias.
    Criterio de indemnización
    Los daños parciales se evaluarán a valor de reposición a nuevo sin importar la antigüedad de la embarcación.
  • Coberturas
    Opcionales

    MAPFRE.
    Daños materiales Incluye daños en el casco, motor, accesorios o velamen a consecuencia de naufragio, varada, embarrancada, abordaje, choque o colisión con objetos fijos o flotantes, temporal, incendio o explosión y robo.
    Salvamento, remolque o auxilio a consecuencia de un accidente cubierto, así como los daños sufridos por la embarcación en accidente del vehículo porteador por carretera o ferrocarril.
    Responsabilidad Civil Ampliadas. Hasta un límite máximo de indemnización de 1.000.000 euros o 1.500.000 euros por siniestro para Daños Materiales y Personales o bien hasta el propio valor de la embarcación (si la misma tiene una suma asegurada de más de 1.500.000 euros), siendo de aplicación un sublímite máximo de indemnización de 600.000 euros por siniestro por daños personales y de 300.000 euros por víctima.
    Remoción de Restos. Gastos de remoción de restos del buque, siempre y cuando las autoridades competentes obliguen a ello, sin que el origen sea un siniestro cubierto. Límite de responsabilidad: 6.000 euros.
    Cobertura de Remolque. Gastos de remolque que no sean consecuencia de un accidente cubierto, siempre y cuando sean a consecuencia de inhabilitación de la embarcación para navegar por sus propios medios. Límite de responsabilidad: 6.000 euros.
    Reclamación de daños sufridos por el vehículo. Se cubren los accidentes personales que produzcan el fallecimiento o la invalidez permanente de los ocupantes de la embarcación con los siguientes límites: Fallecimiento desde 18.000 euros hasta 36.000 euros; invalidez permanente desde 18.000 euros hasta 42.000 euros; asistencia sanitaria hasta 3.000 euros y gastos de sepelio hasta 3.000 euros.

    REALE
    Responsabilidad Civil Voluntaria. Cubrimos daños materiales, personales y perjuicios consecutivos causados involuntariamente a terceras personas por la embarcación asegurada (incluida su permanencia en tierra firme), los objetos o esquiadores  que la embarcación remolque y las fianzas y gastos judiciales asociados.
    Pérdida total. Pérdida total o abandono de la embarcación asegurada por naufragio, incendio o explosión del motor, caída del rayo, contactos con diques, choques o colisiones con objetos fijos o flotantes, abordaje, varada, embarrancada o golpe de mar por temporal. Además, quedan cubiertos los gastos de salvamento.
    Avería Particulares. Daños materiales sufridos por la embarcación, incluidos los sufridos con ocasión de su traslado y durante las operaciones de carga y descarga del vehículo.
    Robo. Queda cubierto el robo, tanto de la embarcación completa como de piezas que constituyan partes fijas de la misma, cuando se encuentre a flote o sobre muelles, en garajes o hangares cerrados y durante su transporte. Además, cubrimos los daños por intento de robo.
    Efectos Personales. Indemnizamos por los daños causados a los efectos personales que se encuentren a bordo de la embarcación.
    Accidentes personales de los ocupantes de la embarcación. Cubrimos el pago de las prestaciones por lesiones ocurridas al asegurado u ocupantes de la embarcación mientras se encuentren a bordo de la misma, este siendo remolcada y/o en el momento de embarque y desembarque.
    Asistencia para Embarcaciones Amplia. Garantizamos el remolcaje de la embarcación asegurada en viaje por mar o desplazamiento (singladura), la estancia y desplazamiento de los Asegurados por la inmovilización de la embarcación, retorno del asegurado para recoger la embarcación reparada in situ, o recuperada después de un robo, los gastos de custodia de la embarcación, asesoramiento médico a distancia, traslado o repatriación de fallecidos y traslados de los asegurados acompañantes, repatriación o transporte de los asegurados por enfermedad o accidente corporal, repatriación o transporte sanitario de los demás asegurados , gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero, regreso anticipado, regreso anticipado por hospitalización de un familiar, desplazamiento de un familiar en caso de hospitalización del Asegurado, regreso anticipado por siniestro grave en el hogar o local profesional del Asegurado y repatriación o transporte de hijos menores o con discapacidad.
    Embarcación de sustitución. En caso de que la embarcación sufra daños graves por accidente garantizado en póliza, indemnizamos por los gastos que tenga que realizar el asegurado para alquilar una embarcación de similares características.

    AXA
    Responsabilidad Civil Personal
    Incluye las consecuencias económicas por daños a terceros, como consecuencia de trabajos de bricolaje, mantenimiento, reparación y limpieza que realices.
    Daños. De tu embarcación, pudiendo personalizar el tipo de cobertura. Robo o incendio, perdida total, remoción de restos a daños extraordinarios por fenómenos atmosféricos atípicos.
    Asistencia en viaje. Tanto a la embarcación como a sus ocupantes.
    Protección Jurídica.
    Cláusulas Inglesas.
    Accidentes ocupantes y/o tripulación
    Pérdida de beneficios
    Si a consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza, la embarcación resulta inmovilizada y te genera un perjuicio económico, te compensaremos hasta el límite que contrates. 
    Patricia Castro
    CEO of Company

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