CUÁLES SON Y QUÉ SEGURO NECESITAN.
Vela
Catamarán (doble casco, a vela o motor)
Motor
Llaüt
Neumáticas
Semirrígidas
Yate (eslora >24 m.)
Motos de agua
Tipos de Embarcaciones de Recreo.
Qué es una embarcación de Recreo.
Resulta conveniente conocer cuál es el concepto de embarcación de recreo según la legislación vigente, a fin de diferenciarla del resto de embarcaciones y conocer la normativa que les es aplicable.
Según el artículo 2.1 del RD 1434/1999 de 10 de septiembre, se consideran embarcaciones de recreo aquellas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros.
Dicha definición es corroborada posteriormente por el Real Decreto 98/2016 de 11 de marzo, en su artículo 4.2.
Por otra parte, el Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.
Seguro de Responsabilidad Civil es obligado también por La ley correspondiente dentro del marco legal español, se estipula en el RD 607/1999 del 16 abril como requisito indispensable, adquirir uno, el cual cubra, fallecimiento, lesiones corporales y los daños materiales hechos a terceros durante un siniestro.
NOTA IMPORTANTE.
No Todos los seguros cubren la embarcación en Tierra, Navegando en Traslado o en varadero. EN MUCHAS SON OPCIONALES.
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