¿Qué Mascota Tienes?
Cada aseguradora tienes sus propias coberturas por lo que es importante que te asesores bien, antes de contratar un seguro para tu animal de compañía y que te cubra en todo momento cualquier percance que puedas tener. Los seguros de hogar, aunque en muchos ellos ya vienen con un seguro tanto para perros como para gatos, no los cubren en su totalidad.
Si estás a punto de comprarte o adoptar un animal de compañía, te recomendamos que primero leas la nueva ley animal.
En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.
Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, además de La Ley de Protección Animal, introduce como novedad la eliminación de la lista de «perros potencialmente peligrosos».
a) Perros, gatos y hurones.
b) Aquellos pertenecientes a especies que tengan la consideración de animales domésticos tal como se definen en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal. Para ello, el departamento ministerial competente, tras informe del Comité Científico y Técnico para la Protección y Derechos de los Animales, determinará el listado de especies domésticas de compañía.
c) Animales pertenecientes a especies silvestres contenidas en el listado positivo de animales de compañía.
d) Aquellos animales de producción que, perteneciendo a especies no silvestres y que, tal y como contempla el apartado a) del artículo 3, perdiendo su fin productivo se inscriban como animales de compañía por decisión de su titular.
e) Las aves de cetrería y los animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas, tanto en el ámbito estatal como autonómico, o especies silvestres de fauna no presentes de forma natural en España protegidas por el Derecho de la Unión Europea y/o los tratados internacionales ratificados por España.
Daños a la mascota por accidentes, actos vandálicos, peleas, golpes de calor, atropellos.
Gastos de asistencia veterinaria por accidentes.
Visitas veterinarias presenciales.
Robo o extravío.
Estancia en residencias caninas por hospitalización del asegurado.
Sacrificio necesario y eliminación.
Asistencia veterinaria.
Cobertura y asistencia en viaje.
Responsabilidad Civil.
Defensa jurídica y Reclamación.
Atención telefónica.
SEGURO DE TU MASCOTA